martes, 11 de agosto de 2015

ESTRUCTURA DEL GOBIERNO

La Corona organizó la administración gubernamental de la Nueva España siguiendo la práctica castellana, tomó para el gobierno indígena dos caminos.

- 1ero. dejar a los naturales la dirección del sector local, que sería la administración municipal.

- y 2do. retener la dirección de los sectores provincial y general, es decir, dividir el gobierno en dos esferas, una autónoma con autoridades indígenas, y otra dependiente con autoridades españolas.


En el gobierno dirigido por los españoles hubo tres secciones:

-  La distrital o provincial, que encabezaban los corregidores y alcaldes mayores.

- La general o central novohispana, cuyo frente estaba el virrey o un representante, como el presidente de la Audiencia o los gobernadores en los grandes distritos.


-Por último, la general o central hispana, que presidían el rey y el Consejo de Indias.










La jurisdicción de los corregidores se inició con los naturales, y a partir de 1580,  se extendió a los españoles. Como agentes del poder central, tuvieron un estrecho contacto con los indios,  eran los encargados de recaudar los tributos.

- Vigilar la administración y empleo de los bienes de la comunidad.

-  La moral pública y privada.

-  La contratación y el transporte.

- Castigar sumariamente a los criminales.


El principal deber de los corregidores era hacer ejecutar puntualmente las órdenes del cabildo, en ocasiones aprobaban en los cabildos las medidas que a ellos les interesaba establecer, y sus sugerencias sobre la inversión de los fondos eran tomadas como órdenes.  
Los corregimientos eran limitados en tamaño bien de marcados y contiguos unos a otros. Pero en la práctica los españoles, como los indígenas antes que ellos, hicieron distinciones más exactas de fronteras en las tierras bajas del valle de México y de Toluca con mayor densidad de población.








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